OFICINA DE PRÁCTICAS Y EMPLEABILIDAD

CERTIFICADO DE PRÁCTICAS ANTERIORES- CONVENIO CON LA SEGURIDAD SOCIAL

La disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, establece, en su apartado 8, que las personas que, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de dicha norma, se encontraran en la situación prevista en la misma, podrán suscribir, por una única vez, un convenio especial. Dicho convenio permitirá el cómputo de las cotizaciones correspondientes a períodos de formación o de realización de prácticas no laborales y académicas efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley, hasta un máximo de cinco años, en el plazo, términos y condiciones que determine el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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