28/6/2020 – Mensaje Defensor Comunidad Universitaria – 28/6/2018

Día Internacional de la Diversidad Sexual y los Derechos LGTBQ+ 2020

28 de junio de 2020

Mensaje con motivo del Día Internacional de la Diversidad Sexual y los derechos LGTBQ+

Si hay un criterio que puede servir para decidir el grado de desarrollo democrático de una
sociedad es la medida en la que permite a cada uno de sus integrantes la realización de sus proyectos de vida, esos proyectos pequeños y grandes a través de los que cada uno de nosotros considera poder lograr su autorrealización personal.

Detrás de ese ideal de autorrealización hay derechos, derechos individuales, y garantías institucionales. Solo mediante el ejercicio efectivo de esos derechos es posible la construcción del futuro que imaginamos.

En el Estado no democrático, no hay derechos, hay intereses y privilegios y, por definición, la satisfacción de los intereses y privilegios de uno tiene lugar a costa de la correlativa insatisfacción de los de otro. En el Estado no democrático, uno es más siempre a costa de pagar el precio de que los otros sean menos.

En el Estado democrático, en cambio, hay derechos y estos pertenecen en la misma medida a toda la ciudadanía. Toda la ciudadanía es partícipe de los mismos derechos y libertades. El derecho a la educación, a la salud, la libertad de expresión, de manifestación, de reunión…

Cuando alguien consigue ampliar el alcance de uno de esos derechos lo consigue para cada una de las personas que integran la sociedad. Si la calidad del derecho es mayor para uno, es mayor para todos; si el ejercicio del derecho es más igualitario, es más para todos.

La satisfacción de la posición de uno actúa siempre a favor de la satisfacción de la posición de todos.

Dos artículos de la Constitución española se refieren al papel que deben jugar ante los proyectos personales el Estado y los ciudadanos.
En primer lugar, el art. 9.2 dirá que “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
A continuación, el art. 10, justo antes de explicar cuáles son los derechos fundamentales, anuncia que, más allá de los que seguidamente se enumeran, debe retenerse como esencial que “La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento del orden político y de la paz social”

Creo que a la Defensoría de la Universidad de León le corresponde reclamar que estas dos
normas tan absolutamente esenciales a una sociedad democrática se cumplan. Hacer nuestra la bandera arco iris, como lo hemos hecho, es esencialmente un acto de reivindicación democrática en favor de los derechos y libertades de cada persona, del derecho al libre desarrollo de cada persona, de la igual dignidad personal.

Una lucha por los derechos democráticos de individuo o colectivo lo es por los derechos
democráticos de todos los individuos y todos los colectivos.

A quienes de uno u otro modo colaboráis a sostener esas luchas, sinceramente, gracias.

Paulino Pardo Prieto

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